Derecho Mercantil

Protección de datos en la empresa: obligaciones legales y riesgos de incumplimiento

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Todas las empresas que tratan datos personales tienen obligaciones legales bajo el RGPD. El incumplimiento puede suponer multas muy elevadas. Te explicamos qué debes tener implementado y cómo proteger a tu empresa.

El RGPD y la LOPDGDD: el marco normativo vigente

Desde la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en mayo de 2018 y su desarrollo interno mediante la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), las empresas tienen obligaciones concretas y exigibles en materia de tratamiento de datos personales. El incumplimiento puede acarrear sanciones millonarias.

¿Qué empresas están obligadas?

Todas. El RGPD se aplica a cualquier organización que trate datos personales de personas físicas, independientemente de su tamaño. Tener empleados, clientes, proveedores o una página web con formulario de contacto ya implica tratamiento de datos personales.

Obligaciones básicas

  • Registro de actividades de tratamiento: documento interno que describe qué datos se tratan, con qué finalidad, durante cuánto tiempo y con qué medidas de seguridad.
  • Base legal del tratamiento: cada tratamiento de datos debe apoyarse en una base legal válida (consentimiento, contrato, interés legítimo, obligación legal).
  • Información a los interesados: las personas cuyos datos se tratan deben ser informadas de forma clara y accesible a través de cláusulas informativas y política de privacidad.
  • Contratos con encargados del tratamiento: cuando se ceden datos a terceros (gestoría, plataforma de email marketing, proveedor cloud), debe formalizarse un contrato de encargo del tratamiento.
  • Medidas de seguridad técnicas y organizativas apropiadas al riesgo.

El Delegado de Protección de Datos (DPD)

Ciertas organizaciones tienen la obligación de designar un DPD (hospitales, centros educativos, empresas que tratan datos a gran escala). Para el resto, su nombramiento es voluntario pero recomendable, especialmente si el volumen de datos tratados es significativo.

Sanciones

La AEPD puede imponer multas de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación global anual, la cifra que resulte mayor. Las sanciones son graduales y dependen de la gravedad, la intencionalidad y las medidas correctoras adoptadas.

En López-Socas Perera Abogados realizamos auditorías de cumplimiento en protección de datos y acompañamos a empresas en la implantación del RGPD, minimizando su exposición al riesgo sancionador.

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