
Todas las empresas que tratan datos personales tienen obligaciones legales bajo el RGPD. El incumplimiento puede suponer multas muy elevadas. Te explicamos qué debes tener implementado y cómo proteger a tu empresa.
Desde la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en mayo de 2018 y su desarrollo interno mediante la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), las empresas tienen obligaciones concretas y exigibles en materia de tratamiento de datos personales. El incumplimiento puede acarrear sanciones millonarias.
Todas. El RGPD se aplica a cualquier organización que trate datos personales de personas físicas, independientemente de su tamaño. Tener empleados, clientes, proveedores o una página web con formulario de contacto ya implica tratamiento de datos personales.
Ciertas organizaciones tienen la obligación de designar un DPD (hospitales, centros educativos, empresas que tratan datos a gran escala). Para el resto, su nombramiento es voluntario pero recomendable, especialmente si el volumen de datos tratados es significativo.
La AEPD puede imponer multas de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación global anual, la cifra que resulte mayor. Las sanciones son graduales y dependen de la gravedad, la intencionalidad y las medidas correctoras adoptadas.
En López-Socas Perera Abogados realizamos auditorías de cumplimiento en protección de datos y acompañamos a empresas en la implantación del RGPD, minimizando su exposición al riesgo sancionador.
Especialistas en derecho civil, mercantil y litigación. Soluciones jurídicas para empresas y particulares.

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