
Cuando una empresa no puede atender sus obligaciones de pago, el concurso de acreedores es el mecanismo legal para ordenar la situación. Te explicamos cuándo es obligatorio solicitarlo, cómo funciona y qué opciones existen.
El concurso de acreedores es el procedimiento judicial regulado por el Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020) al que debe acogerse cualquier empresa o empresario que se encuentre en estado de insolvencia, es decir, que no pueda cumplir regularmente sus obligaciones de pago.
El deudor tiene la obligación legal de solicitar el concurso en el plazo de dos meses desde que conoce o debería haber conocido su estado de insolvencia. No presentarlo en plazo puede acarrear graves consecuencias: el concurso puede calificarse como culpable, lo que implica responsabilidad personal de los administradores y la inhabilitación para administrar bienes ajenos durante varios años.
Existen dos modalidades principales según la complejidad de la situación:
Además, desde la reforma de 2022, existe el procedimiento especial para microempresas, pensado para autónomos y pequeñas empresas, que simplifica enormemente el proceso y reduce costes.
Una vez declarado el concurso por el juzgado mercantil, se nombra una administración concursal que supervisa la actividad del deudor. El proceso puede terminar de dos formas: mediante un convenio con los acreedores (que implica quitas y esperas) o mediante la liquidación del patrimonio del deudor para pagar las deudas en el orden de prelación legal.
La anticipación es clave. Cuanto antes se aborde la situación, más opciones existen para mantener la actividad empresarial, negociar con los acreedores y proteger el patrimonio. Esperar agrava siempre la situación.
En López-Socas Perera Abogados asesoramos a empresas y administradores en todas las fases del proceso concursal, desde la detección temprana de la insolvencia hasta la resolución del procedimiento. Contáctanos para analizar tu caso.
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